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Seguimiento y control de la asistencia

El control de las faltas de asistencia y puntualidad de los alumnos y alumnas es responsabilidad del profesor/a que en cada espacio horario imparta clase. El profesorado deberá tener actualizado semanalmente en el IES Fácil las faltas del alumnado.

Los padres/madres/tutores o el alumnado dispondrán de tres días lectivos para comunicar el motivo de las faltas de asistencia o los retrasos mediante el impreso correspondiente (que se podrá solicitar en Conserjería o al tutor). El impreso, una vez rellenado, se enseñará al profesorado, y se entregará al tutor/a, para que éste justifique, en su caso, las faltas. Aunque los padres/madres/tutores comuniquen las faltas de asistencia por teléfono, será necesario entregar el impreso para justificar la falta. El Tutor/a de grupo determinará la validez o no de los documentos o alegaciones presentadas para esta justificación.

CRITERIOS PARA LA RECOGIDA Y JUSTIFICACIÓN DE FALTAS

El tutor/a es el responsable de justificar o no las ausencias del alumnado de su grupo, para lo cual deberá pedir justificación de las faltas a la familia, para saber el motivo por el que su hijo/a no asiste a clase y valorar si es pertinente justificar las ausencias en base a los siguientes criterios. 

Justificación de faltas: 

a) Faltas por enfermedad / visita médica: 

• Enfermedad común: será válido un justificante escrito de los progenitores o tutores legales. Si el tutor/a considera dudosa la veracidad del justificante, lo comunicará al equipo directivo, que realizará las comprobaciones pertinentes. Podrá contar con la colaboración del Orientador/a del centro. 

• Enfermedad prolongada, convalecientes en domicilio, hospitalizados: se requerirá a los progenitores o tutores legales el informe médico correspondiente.

b) Faltas por causa familiar: 

• Se justificarán hasta un máximo de tres días, con el justificante escrito de los padres/madres/tutores y sólo cuando se trate de un familiar en primer o segundo grado. 

• Cuando éstas sean muy numerosas y /o reiteradas, haya antecedentes de absentismo con permisividad familiar de las faltas, el tutor o la Jefatura de Estudios podrá requerir al alumnado una justificación adicional (Ejemplo: enfermedad grave de un familiar, internamiento u operación, bodas, bautizos, etc.., solicitar fotocopia justificante de ingreso etc..,). 

c) Resto de faltas por otras causas: 

• Citaciones de carácter jurídico o similar: con documento acreditativo. 

• Tramitación de documentos oficiales: con justificación escrita de la oficina expendedora. 

• Presentación a pruebas oficiales: con justificación escrita del secretario del Centro 

• Trabajo: solo para el alumnado mayor de 16 años: con presentación del contrato de trabajo o certificado de empresa donde conste el horario y la duración.

No se justificará: 

• No se justificarán las faltas por acompañar a los padres/madres/tutores a cualquier actividad laboral o cualquier gestión a realizar por los mismos (venta ambulante, comprar género, etc…) 

• No se considerarán faltas justificadas aquellas actividades propias de adultos: cuidar a hermanos menores, hacer tareas domésticas, ayudar a la familia a montar el puesto en el mercadillo, etc… 

Por lo tanto, los tutores/as o, en su caso, el equipo directivo son los responsables de dar veracidad a los justificantes de los posibles casos de absentismo escolar emitidos por adultos. 

El facultativo no tiene obligación de extender justificantes de faltas de asistencia a clase de menores por visita médica o procesos aislados de corta duración.

Se podrá requerir una justificación adicional en cualquier tipo de absentismo referido a faltas numerosas o reiteradas, y en casos de antecedentes de absentismo con permisividad familiar de las ausencias.