Convocatorias


¿Cuántas veces se puede repetir un Ciclo Formativo de Grado Medio?

Se puede permanecer cursando un ciclo de grado medio o superior durante un máximo de dos cursos académicos, consecutivos o no, más que la duración prevista para el ciclo formativo, en matrícula completa y modalidad presencial.

El número máximo de convocatorias por módulo formativo es de cuatro y se puede repetir en régimen presencial un mismo módulo hasta un máximo de tres veces.

¿De cuántas oportunidades dispongo para aprobar cada módulo?

En los ciclos formativos cada módulo podrá ser objeto de evaluación en dos convocatorias anuales y puedes presentarte a un máximo de cuatro convocatorias en diferentes cursos académicos.

Además, puedes disponer de hasta un máximo de dos convocatorias extraordinarias en el caso de que hayas agotado las cuatro convocatorias ordinarias por motivos de enfermedad, discapacidad u otras razones que condicionen o impidan el seguimiento o aprovechamiento ordinario de la formación.

En los cursos de especialización cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en dos convocatorias y podrías disponer de una sola convocatoria extraordinaria.

¿Cómo se solicita una convocatoria extraordinaria?

Si has agotado las cuatro convocatorias ordinarias puedes solicitar la concesión de una primera convocatoria extraordinaria a la Dirección del centro indicando los motivos y adjuntando la documentación justificativa correspondiente.

Tu petición será resuelta por la Dirección Provincial de Educación tras examinar la documentación que hayas aportado y el informe que se envíe desde el centro con el punto de vista del equipo docente. 

¿Puedo renunciar a alguna convocatoria?

A fin de no agotar las convocatorias previstas para cada módulo profesional, puedes renunciar a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de todos o parte de los módulos profesionales del ciclo formativo en el que hayas formalizado la matrícula, siempre que existan circunstancias de enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo, obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio u otras razones que condicionen o impidan el seguimiento o aprovechamiento ordinario de la formación.

Estas circunstancias deberán acreditarse documentalmente.

La renuncia a todas las convocatorias anuales de todos los módulos profesionales surtirá los mismos efectos que la renuncia a la matrícula.

¿Cómo se solicita renuncia a alguna convocatoria?

En la modalidad presencial, la solicitud de renuncia a la convocatoria, junto con la documentación justificativa, se presentará con una antelación mínima de dos meses antes de la primera sesión de evaluación final del módulo correspondiente.

En el caso de la segunda convocatoria de evaluación final, se presentará en el plazo de tres días después de conocer los resultados de la primera convocatoria de evaluación final.

Esta renuncia no computará a efectos del número de convocatorias de evaluación consumidas.

En ambos casos las solicitudes serán resueltas de forma motivada por la dirección del centro docente.

¿Puedo renunciar a la matrícula?

La renuncia a matrícula supone causar baja en todos los módulos profesionales en que esté matriculado el alumno y por consiguiente no será evaluado en ninguna de las convocatorias correspondientes al curso. Puede solicitarse en las mismas circunstancias que la renuncia a convocatorias de módulos.

En la modalidad presencial, la solicitud de anulación de matrícula, junto con la documentación justificativa, se presentará con una antelación mínima de dos meses antes de la primera sesión de evaluación final, salvo en los casos de embarazo u obligaciones personales o familiares derivadas del parto, en cuyo caso el plazo de solicitud será hasta el 10 de mayo o en el plazo de quince días desde que se conozca la causa. 

La anulación de matrícula no computará a efectos de convocatorias consumidas. No obstante, el alumno o alumna perderá el derecho de reserva de plaza, por lo que si desea continuar en el futuro dichos estudios deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.

Si en el curso 2024-25 estoy repitiendo 1º de un ciclo formativo que inicié el curso anterior ¿se cuentan como convocatorias consumidas las del curso pasado?

Si cursaste primero de un ciclo formativo en el curso escolar 2023-2024 y no cumpliste las condiciones para pasar a segundo, este año se considera que has comenzado unos nuevos estudios en el régimen académico de la nueva normativa, por lo que se debe considerar que empiezas el ciclo formativo por primera vez y no has consumido aún ninguna convocatoria.

Si en el curso 2024-25 estoy cursando 2º de un ciclo formativo y tengo pendientes de 1º ¿cuántas convocatorias me quedan?

El alumnado que al finalizar el curso escolar 2023-2024 cumpliera las condiciones requeridas para cursar el segundo curso del ciclo formativo de grado medio correspondiente y que no haya superado alguno de los módulos del primer curso del mencionado ciclo, contará con dos convocatorias en cada uno de los dos cursos sucesivos para poder superar dichos módulos.

Transcurrido dicho período, en el curso escolar 2026-2027, se le aplicarán las convalidaciones, para los módulos superados, establecidas en la norma básica correspondiente.